La familia Nicoll Estefani Robles. de 26 años fallecida según denuncias de su madre en un centro de salud del Distrito Nacional, dijo que no ha podido retirar el cuerpo debido a una deuda que supera los dos millones de pesos.
Entre el dolor por la pérdida y la impotencia de no poder darle sepultura, Elizabeth Robles relató las dificultades que ha enfrentado tras la muerte de su hija.
Robles explica que la joven fue ingresada el pasado 11 de julio al centro médico para someterse a una cirugía de extirpación de un riñón.
Según sus familiares, posteriormente tuvo que ser sometida a nuevas intervenciones por una presunta infección, complicaciones que finalmente derivaron en su fallecimiento.
Los parientes aseguran que, pese a la tragedia, el centro médico se niega a entregar el cadáver hasta que se salde la deuda acumulada.
En la República Dominicana, la Ley General de Salud 42-01 y la Ley 87-01 (que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social) velan por la garantía del derecho a la salud y la protección de los usuarios.

Ley General de Salud, No. 42-01
En relación con el manejo de deudas hospitalarias y los cadáveres, el marco legal y las regulaciones del Ministerio de Salud Pública y la SISALRIL establecen lo siguiente:
1. Retención de cadáveres por deudas (Práctica ilegal)
Prohibición de retención: Ningún centro de salud (público o privado) tiene la facultad legal de retener el cadáver de un paciente como mecanismo de cobro o garantía por deudas pendientes de tratamiento, hospitalización o medicamentos.
